26/4/26

LA BATALLA POR QUIÉN MANDA EN EL LIVING


En 1920 aparece un nuevo medio de comunicación: la radio. Si bien la tecnología en la que se basaba era fruto de décadas de desarrollo, la verdadera novedad estaba en su uso: un punto emisor con la intención de llegar a una audiencia masiva con contenidos informativos y de entretenimiento.

El determinismo tecnológico sostiene que la tecnología es la principal fuerza que impulsa los cambios sociales, culturales y económicos. La radio es un buen ejemplo de ese proceso. No solo transformó la circulación de la información, sino también los usos y costumbres dentro del hogar: el aparato pasó a ocupar un lugar central en el living, ese espacio compartido por toda la familia.

Hacia 1960, con la consolidación de la televisión como medio dominante, la radio cedió ese lugar privilegiado. El televisor se convirtió en el nuevo centro de gravedad del hogar.

Sesenta años después, y a pesar de la competencia feroz de las pantallas del teléfono celular, esa centralidad de la pantalla grande en el living conserva un valor simbólico innegable.

Sin embargo, desde hace tiempo la televisión tradicional pierde relevancia de manera sostenida. ¿Quiénes disputan hoy el reinado del audiovisual? Principalmente, las OTT (Over-The-Top): plataformas que distribuyen contenido por internet sin depender de operadores de cable o satélite. Es decir, servicios de streaming como Netflix, Amazon Prime Video, Disney+ o YouTube.

Pero suponer que compiten en igualdad de condiciones sería un error. Dentro del universo de las plataformas basadas en películas y series, hay un líder claro: Netflix. Ni HBO, ni Amazon Prime Video ni Disney+ se acercan a sus niveles de suscriptores y horas de visualización. Con presencia en más de 190 países y cientos de millones de hogares, su escala sigue siendo difícil de igualar.

Sin embargo, esa supremacía no alcanza para coronarla como ganadora definitiva. Porque su verdadero competidor no está en ese mismo segmento, sino en otro terreno: YouTube.

Ahí es donde la disputa se vuelve más compleja, ya que se enfrentan dos modelos de negocio profundamente distintos.

Netflix funciona como un ecosistema cerrado: selecciona proyectos, financia producciones y adquiere derechos de exhibición. De este modo, controla prácticamente la totalidad de lo que ofrece y basa su negocio casi exclusivamente en suscripciones.

YouTube, en cambio, es una plataforma abierta: cualquier usuario puede subir contenido sin costo, mientras la empresa monetiza la atención a través de publicidad, con un algoritmo que decide qué mostrar en función de los intereses de cada usuario.

Ambos coinciden en algo clave: la verdadera batalla es por el tiempo de las personas. Reed Hastings, cofundador de Netflix, lo resumió de forma provocadora al afirmar que “en cierto punto competimos contra el sueño”. La disputa ya no es solo por la calidad del contenido, sino por capturar el tiempo de ocio.

En ese terreno, YouTube parece tener ventaja. Integra lógicas propias de las redes sociales (como el video vertical, los Shorts y la reproducción automática) y cuenta con una oferta prácticamente infinita de contenidos y formatos. A comienzos de 2026, se estima que la plataforma supera los 14.000 millones de videos.

Además, su modelo reduce el riesgo: a diferencia de Netflix, que invierte por adelantado sin garantías de éxito, YouTube remunera en base a los contenidos más vistos.

Los resultados reflejan esas diferencias. Según datos de Nielsen, en diciembre de 2025 YouTube alcanzó el 12,7% del consumo total de televisión en Estados Unidos, mientras que Netflix se ubicó en torno al 9%.

Pero lo más interesante es cómo ambas plataformas avanzan sobre territorios que antes eran exclusivos de la televisión tradicional.

Netflix incorporó videojuegos y comenzó a transmitir eventos en vivo, como partidos de la NFL, peleas de boxeo o shows de la WWE (lucha libre). También experimenta con formatos de video vertical pensados para dispositivos móviles.

YouTube, por su parte, hace tiempo funciona como el “lado B” de la televisión: video podcasts, transmisiones en vivo y una fuerte presencia en mercados como el argentino, con proyectos como Luzu u Olga. A eso se suma la adquisición de derechos deportivos, como el NFL Sunday Ticket, comercializado como una suscripción premium.

Otra dimensión de la competencia es la asociación con creadores. YouTube lo hace con figuras como MrBeast, que invierte millones de dólares por video, en producciones cada vez más ambiciosas. Aquella etapa inicial de contenido amateur, muchas veces idealizada, va quedando cada vez más lejos.

Mientras tanto, la televisión tradicional resiste apoyada en tres pilares: los grandes eventos deportivos globales, la cobertura de noticias de alto impacto y algunos formatos capaces de generar conversación social, como Gran Hermano.

Pero incluso esos bastiones empiezan a mostrar fisuras. La cobertura transmedia del próximo Mundial de fútbol y la proliferación de contenidos producidos directamente para plataformas digitales anticipan una nueva pérdida de audiencia y de inversión publicitaria para los canales tradicionales.

El living ya no es lo que era. O mejor dicho, sigue siendo el mismo espacio, pero con nuevas reglas de juego. Y en esa reconfiguración, ni siquiera Hollywood, el gran legitimador histórico del audiovisual, parece dispuesto a quedarse del lado de la vieja televisión: desde 2029 la transmisión oficial y exclusiva de la entrega de los premios Oscars se mudará a YouTube.

Por Francisco Monzón (@flmonzon) para @eldiariosur. Leelo acá.

19/4/26

DERECHOS DE AUTOR EN LA ERA DE LA IA


El avance de la Inteligencia Artificial (IA) es imparable. Podríamos aventurar que ya no queda actividad humana en la que no tenga algún tipo de aplicación, ya sea directa o indirecta.

A partir de esta omnipresencia comienzan a emerger problemas de índole moral y económica. El más evidente es la posible pérdida de puestos laborales. Pero también surgen interrogantes en torno a la autoría de ciertas creaciones, como canciones, imágenes o textos.

En estos casos, la pregunta clave es: ¿a quién le corresponden los derechos de autor de una obra generada por una IA a partir de instrucciones dadas por un humano?

Antes de intentar responder este interrogante, conviene revisar cómo ha funcionado históricamente el sistema de propiedad intelectual.

En Occidente existen dos grandes modelos: el copyright y el derecho de autor. Aunque muchas veces se los utiliza como sinónimos, tienen orígenes distintos y alcances diferentes.

El copyright, representado por el símbolo ©, rige principalmente en Estados Unidos, Canadá y el Reino Unido, y pone el foco en los derechos económicos derivados de la reproducción de una obra. Este sistema habilita la negociación entre el autor y la sociedad para el uso de su creación, contemplando su reproducción, distribución, exhibición y la posibilidad de generar obras derivadas. En definitiva, busca proteger los intereses económicos del autor.

Por su parte, el derecho de autor reconoce un vínculo más profundo entre el creador y su obra, entendido como un derecho natural.

Si bien los plazos varían según el país, en general la protección se extiende hasta 70 años después de la muerte del autor. Una vez cumplido ese período, la obra pasa a dominio público. Es decir, puede ser utilizada libremente sin necesidad de pagar derechos ni pedir autorización.

Un ejemplo reciente es el de Winnie the Pooh, creado por Alan Alexander Milne e ilustrado por Ernest Howard Shepard. Tras su ingreso al dominio público, surgieron reinterpretaciones inesperadas, como la película de terror Winnie-the-Pooh: Blood and Honey (2023), donde los entrañables personajes infantiles son convertidos en asesinos.

Algo similar ocurre con personajes como Sherlock Holmes, de Arthur Conan Doyle, o Santiago, el pescador de El viejo y el mar de Ernest Hemingway, que hoy pueden ser reutilizados en nuevas historias sin restricciones legales.

Ahora bien, ¿qué sucede con la enorme cantidad de obras que produce la Inteligencia Artificial Generativa (IAG)? Ya sea en el campo del texto, la imagen o el sonido, herramientas como ChatGPT, Gemini, Claude o Midjourney funcionan como verdaderas fábricas de contenido sintético.

Hasta el momento, los intentos de registrar obras generadas por estas herramientas no han tenido éxito. En la mayoría de los países, la legislación exige que el autor sea una persona humana, condición que la IA no cumple.

Como señalan muchos especialistas, nos encontramos frente a un vacío legal que tarde o temprano deberá resolverse. Las obras generadas por IA son cada vez más complejas y sofisticadas, lo que desplaza el debate desde lo estrictamente legal hacia lo ético. La lógica de “más rápido y más barato” empieza a tensionar actividades que históricamente fueron consideradas exclusivamente humanas.

En general, este impacto se percibe en tareas de carácter técnico, como el diseño, la escritura o la generación de imágenes. Sin embargo, recientemente se registró un caso que amplió aún más los límites del problema.

A principios de 2025 se publicó en Amazon Hipnocracia: Trump, Musk y la nueva arquitectura de la realidad, atribuido a un supuesto filósofo chino llamado Jianwei Xun. Tras cierto éxito comercial y el interés generado en ámbitos académicos vinculados a la tecno-sociología, se reveló que el verdadero autor era Andrea Colamedici.

En rigor, se trató de una coautoría: el libro fue escrito a partir del diálogo entre Colamedici y sistemas de IA como Claude y ChatGPT. Sin embargo, no hay información clara sobre cómo fue registrado legalmente. Lo único seguro es que Jianwei Xun no existe.

Otra arista del problema está vinculada con el uso de estilos. Hoy es posible pedirle a una IA que genere una imagen “al estilo de Picasso” o un cuento “como si lo hubiera escrito Borges”. Estos sistemas operan a partir de los datos con los que fueron entrenados, por lo que pueden reproducir rasgos estilísticos con notable precisión.

Sin embargo, ese contenido no puede ser considerado plagio si la obra es original, ya que los derechos de autor protegen obras concretas, no estilos.

Como ha ocurrido en otras etapas de la historia, los avances tecnológicos obligan a que la legislación corra detrás de los hechos. El desafío actual es establecer marcos regulatorios que permitan aprovechar el potencial de estas herramientas sin desproteger a los creadores.

Tal vez estemos ante una oportunidad: la de redefinir las reglas de juego para que la creatividad humana no sea reemplazada, sino potenciada por la tecnología.

En una época en la que el ecosistema digital parece empujarnos a todos a convertirnos en “creadores de contenido”, y en la que las herramientas para hacerlo están al alcance de la mano, resulta imprescindible actualizar el marco legal. No solo para ordenar el presente, sino para garantizar los derechos morales y económicos de todos los creadores: los del pasado, los del presente y los del futuro.

Por Francisco Monzón (@flmonzon) para @eldiariosur. Leelo acá.

12/4/26

HISTÓRICO FALLO CONTRA LAS TECNOLÓGICAS


Hace poco comentamos en este espacio los pormenores de varios juicios contra las principales empresas tecnológicas. En los últimos días se hicieron públicos dos fallos, en California y en Nuevo México, que pueden marcar un antes y un después para las grandes plataformas digitales. 

Tanto Meta (Instagram y Facebook) como Google (YouTube) fueron condenadas por un jurado del Tribunal Superior de Los Ángeles a pagar 3 millones de dólares a K.G.M. (su identidad está reservada), una joven de 20 años que desarrolló una adicción temprana a las redes durante su infancia. Según la demanda, esto afectó su autoestima, deterioró sus vínculos sociales y contribuyó a problemas de salud mental como depresión y ansiedad.

La mayor carga recae sobre Meta, que deberá pagar el 70 % de la indemnización. El jurado encontró en ambas empresas una conducta negligente en el diseño y funcionamiento de sus productos, al considerar que fomentan la adicción en menores y afectan la salud mental de los usuarios.

Casi simultáneamente, un jurado del estado de Nuevo México condenó a Meta a pagar 375 millones de dólares por no proteger adecuadamente a menores y por ocultar los riesgos de explotación infantil en sus plataformas. La acusación sostiene que la empresa engañó a los usuarios sobre los parámetros de seguridad y que, a partir de esas fallas, se facilitaron casos de abuso, explotación y tráfico infantil.

Para los analistas, los montos que fijaron las sentencias no resultan significativos si se los mide en función de la facturación anual de la compañía. El verdadero impacto está en el precedente que se establece: abre la puerta a reclamos judiciales basados en los mismos argumentos y fija una base para futuras compensaciones millonarias.

Asimismo, deja latente la posibilidad de intervención de los Estados en el rediseño de las plataformas o la implementación de marcos regulatorios más estrictos orientados a proteger la seguridad y la salud pública.

Esto podría transformar de manera radical un modelo de negocio basado en captar y retener la atención de los usuarios para monetizarla mediante publicidad insertada entre contenidos. Algunos especialistas señalan que las primeras funcionalidades en revisión serían el scroll infinito, el algoritmo de recomendación, las notificaciones compulsivas y los filtros de estética.

Esta sentencia marca un hito: es la primera vez que un tribunal responsabiliza directamente a una “Big Tech” por el diseño adictivo de sus algoritmos y por fallas graves en la seguridad.

Hasta ahora, las empresas se defendían apoyándose en la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones de 1996, que establece que las plataformas no son responsables legales por el contenido publicado por terceros. Esto las diferenciaba de los medios tradicionales y les permitía moderar contenido sin asumir responsabilidad por sus consecuencias.

Otro argumento habitual es la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que protege la libertad de expresión y limita la intervención del Estado sobre los contenidos.

Sin embargo, el nuevo escenario legal desplaza el foco. Ya no se trata solo de qué contenido circula, sino de cómo están diseñadas las plataformas para priorizar determinados contenidos, en función de a quién se los muestran y con qué incentivos se captura su atención.

Al centrarse en el carácter adictivo del producto, pierden peso los argumentos vinculados a la libertad de expresión.

En este giro aparece una figura clave: Arturo Bejar, exdirector de ingeniería de Meta y denunciante en el caso. Su testimonio resultó determinante, ya que aseguró haber advertido reiteradamente a la empresa sobre fallas de seguridad que permitían a depredadores sexuales contactar a menores, aprovechando la lógica de los algoritmos que analizan comportamientos para personalizar contenidos.

Bejar también relató una experiencia personal: su propia hija, a los 14 años, recibió mensajes sexuales inapropiados a través de Instagram. Según explicó, los mismos sistemas que hacen eficaces a las plataformas para la publicidad pueden ser utilizados con fines dañinos.

Nos enfrentamos así a un nuevo escenario en el que las redes sociales deberán cambiar, ya sea por decisión propia o por la presión de marcos regulatorios más estrictos.

A comienzos del siglo XX, la industria alimentaria en Estados Unidos utilizaba indiscriminadamente productos químicos dañinos para conservar o disimular el mal estado de los alimentos. Se combinaban desconocimiento y avaricia.

Cuando la evidencia científica confirmó los riesgos, aparecieron leyes federales que regularon su uso y comercialización.

El escenario que actualmente enfrentan las tecnológicas parece repetir la misma historia, aunque con una diferencia clave: hoy no alcanza con leyes nacionales, ya que el alcance del ecosistema digital no reconoce fronteras.

Sea voluntario o forzado, el cambio es inevitable. Lo que empieza a quedar claro es que durante años el negocio funcionó mejor cuanto más tiempo pasábamos frente a la pantalla, incluso cuando eso implicaba consecuencias negativas. Ahora que esas consecuencias llegan a los tribunales, la discusión deja de ser tecnológica para volverse política, económica y, sobre todo, humana.

Lo preocupante es que el costo para llegar a este nuevo escenario se pagó, una vez más, con el sufrimiento de los usuarios, especialmente de las generaciones más jóvenes.

Por Francisco Monzón (@flmonzon) para @eldiariosur. Leelo acá.